martes, 30 de octubre de 2012

FUNCIONES DEL CONSEJO TAURINO

No está demás recordar a los aficionados las funciones que deberá cumplir el Consejo Taurino designado para la Feria Taurina del Señor de los Milagros 2012, y en el Reglamento de General de Espectáculos Taurinos del Rimac se establece, en lo relacionado al Consejo Taurino, lo siguiente:
Del Director de Cambio de Suertes
Artículo 79..- El Consejo Distrital a propuesta del Consejo Taurino nombrará dos personas para que ejerzan la Dirección de cambio de suertes, cuyos honorarios profesionales serán abonados por la empresa organizadora del espectáculo. Se turnarán de acuerdo con el sorteo que haga la Presidencia, con una semana de anticipación a cada espetáculo, señalándose el nombre de los mismos en los programas oficiales.
Capítulo VI
Del Consejo Taurino
Artículo 81.- El Alcalde constituirá cada año un Consejo Taurino el mismo que estará constituído por el Alcalde de la Municipalidad Distrital del Rímac quien lo presidirá; cuatro regidores elegidos por el Concejo Municipal y dos (2) asesores designados por el Alcalde.
     El Consejo Taurino tendrá las siguientes atribuciones y funciones:
a. Nombrar los directores de Cambio de Suerte
b. Nombrar a los veterinarios.
c. Evaluar la labor de los directores de Cambio de Suerte y de los veterinarios durante la realización de la feria.
d. Estar presente en el pesaje del ganado, prueba de caballos y de toda actividad conexa al buen desarrollo del espectáculo.
e. Archivar las actas de los espectáculos taurinos. 
(Ordenanza No. 276-MDR de 20 Oct 2011)