martes, 31 de agosto de 2010

EN COLOMBIA

Las corridas de toros seguirán al margen del Estatuto de Protección Animal, luego de que la Corte Constitucional rechazara la demanda presentada por un grupo de ambientalistas que buscaban que se prohibiera la celebración de éste y otros espectáculos como el coleo, las peleas de gallos y el rejoneo.
Los accionantes pretendían que estos espectáculos dejaran de estar cobijados por la excepción dictaminada a través del artículo séptimo de la Ley 84 de 1989, que prevé que esas prácticas estarán fuera del alcance del Estatuto Nacional de Protección Animal, norma cuya exequibilidad fue ratificada.
No obstante, el vicepresidente de la Corporación, Juan Carlos Henao, reconoció que el interés de la colegiatura era enviar un mensaje a la sociedad para que procure ir eliminando la celebración de ese tipo de eventos, y de ahí la emisión de cinco condiciones, que buscan producir un nuevo marco cultural de especial protección a los animales.
La Corte prohibió que en el futuro se inviertan dineros públicos destinados a la construcción de escenarios para el desarrollo de tales espectáculos y conminó al legislativo para que planee la expedición de normas que desestimulen estas prácticas y garanticen la protección a los derechos de los animales.
Agregó que no se podrán incluir en el Estatuto de Protección Animal nuevas excepcionalidades que salvaguarden el desarrollo de actividades que impliquen el maltrato para los especímenes y que su celebración se limitará a las regiones en las que se acostumbra verlas en escena, únicamente en las fechas estipuladas en el calendario normalmente.
En 2009, luego de que la Corte se abstuviera de estudiar el tema de fondo por inconsistencias en la presentación de la demanda, ambientalistas y defensores de animales interpusieron una nueva acción, que no pasó el primero de sus exámenes, tras la ponencia negativa que presentó el sustanciador ante la Sala Plena.
Más de un mes después de conocida la naturaleza de la postura expresada por el magistrado ponente, favorable a la realización de corridas de toros y otras prácticas similares, seis de los magistrados de la Sala Plena apoyaron la posición, en tanto que los tres restantes la objetaron.
El sustanciador coincidió con la postura del procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, quien pidió que se ratificara la exequibilidad de la norma, a favor de los intereses de los amantes de la tauromaquia, por considerar que se trataba de celebraciones arraigadas en la cultura de los pueblos.